Micelio

Artículo 7

Todas Las Autoridades Nacionales I Ajentes Del Poder Ejecutivo En El Órden Federal, Deben Ausiliar I Prestar La Más Aotiva I Esmerada Cooperacion Al Desempeño De Las Funoionea Del Intondente Jeneral, A Fin De Que La Prestacion Del Servicio Confiado A Su Autoridad Se Haga Con Esactitud I Presteza I De Que El Pais Pueda Darse Cuenta De Los Valores Aplicados Al Sostenimiento De La Guerra I De La Conducta De Los Encargados De Su Administracion, Manejo E Inversión

Decreto 724 de 1876 · Orgánico del servicio de la Intendencia jeneral de guerra

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Todas las autoridades nacionales i Ajentes del Poder Ejecutivo en el órden federal, deben ausiliar i prestar la más aotiva i esmerada cooperacion al desempeño de las funoionea del Intondente jeneral, a fin de que la prestacion del servicio confiado a su autoridad se haga con esactitud i presteza i de que el pais pueda darse cuenta de los valores aplicados al sostenimiento de la guerra i de la conducta de los encargados de su administracion, manejo e inversión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 724 de 1876