Micelio

Artículo 2.3.9.2.9

Del Comité De Participación Territorial: El(La) Gerente Del Ffie, Tendrá Bajo Su Responsabilidad La Realización Cada Cuatro (4) Meses De Un Comité, Con El Fin De Presentar El Avance En La Ejecución De Los Proyectos De Infraestructura Educativa Y Recibir Las Observaciones Que Sobre El Particular Deban Presentarse Para Análisis De La Junta Administradora

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del Comité de Participación Territorial: El(la) Gerente del FFIE, tendrá bajo su responsabilidad la realización cada cuatro (4) meses de un comité, con el fin de presentar el avance en la ejecución de los proyectos de infraestructura educativa y recibir las observaciones que sobre el particular deban presentarse para análisis de la junta administradora. El comité estará integrado por

1.

Gerente del FFIE

2.

El/la Director(a) de Cobertura del Ministerio de Educación Nacional.

3.

Un delegado de la Federación Colombiana de Departamentos.

4.

Un delegado de la Federación Colombiana de Municipios.

5.

Un delegado de la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales - Asocapitales-

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1075 de 2015