Micelio

Artículo 6

Colocación De Los Bonos Para La Seguridad

Decreto 204 de 1997 · por el cual se ordena la emisión de bonos de deuda pública interna, denominados "bonos para la seguridad", se fijan las características para estas emisiones y los plazos de suscripción.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Colocación de los Bonos para la Seguridad. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público establecerá la forma de colocación de los Bonos para la Seguridad, con el fin de que se garanticen los derechos sobre los mismos a los adquirentes. Para la distribución de los mencionados bonos, el Ministro de Hacienda y Crédito Público señalará mediante resolución las instituciones que estarán a cargo de dicho proceso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 204 de 1997