Micelio

Artículo 26

Notificado Los Jurados, El Juez Señalará Día Y Hora Para La Celebración De Audiencia Pública Que Se Efectuará De Acuerdo A Lo Previsto En El Articulo 12 Del Presente Decreto; Esta Providencia Se Notificará Tan Bien Personalmente, A Los Seis Jurados, Quienes Por Solo Este Hecho Quedaren Obligados A Presentarse En El Ida Y Hora De La Audiencia

Decreto 1358 de 1964 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Notificado los Jurados, el Juez señalará día y hora para la celebración de audiencia pública que se efectuará de acuerdo a lo previsto en el articulo 12 del presente decreto; esta providencia se notificará tan bien personalmente, a los seis Jurados, quienes por solo este hecho quedaren obligados a presentarse en el ida y hora de la audiencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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