Micelio

Artículo 2

El Literal S) Del Artículo 4º De Los Estatutos Adoptados Por El Acuerdo Número 2 De 1969 Aprobado Por Decreto 1171 De 1969, Quedará Así: A) Explorar, Explotar, Beneficiar Y Comerciar Las Sustancias Radiactivas Que Se Encuentren En Las Zonas Que El Gobierno Nacional Otorgue Al Instituto A Título De Aporte

Decreto 258 de 1975 · Por el cual se aprueba una modificación de los estatutos del Instituto de Asuntos Nucleares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El literal s) del artículo 4º de los estatutos adoptados por el Acuerdo número 2 de 1969 aprobado por Decreto 1171 de 1969, quedará así: a) Explorar, explotar, beneficiar y comerciar las sustancias radiactivas que se encuentren en las zonas que el Gobierno Nacional otorgue al Instituto a título de Aporte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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