º Decretase a favor de los cónyuges y de los hijos menores de los funcionarios y empleados de la Rama Jurisdiccional y del Ministerio Público, de los Ministerios y de los departamentos administrativos y de los establecimientos públicos, fallecidos en los actos acaecidos los días 6 y 7 de noviembre de 1985 en el Palacio de Justicia, de Bogotá, una gratificación equivalente a tres (3) meses de los emolumentos que, por servicios prestados, hubieren devengado éstos durante el mes de octubre del mismo año.
Artículo 1
º Decretase A Favor De Los Cónyuges Y De Los Hijos Menores De Los Funcionarios Y Empleados De La Rama Jurisdiccional Y Del Ministerio Público, De Los Ministerios Y De Los Departamentos Administrativos Y De Los Establecimientos Públicos, Fallecidos En Los Actos Acaecidos Los Días 6 Y 7 De Noviembre De 1985 En El Palacio De Justicia, De Bogotá, Una Gratificación Equivalente A Tres (3) Meses De Los Emolumentos Que, Por Servicios Prestados, Hubieren Devengado Éstos Durante El Mes De Octubre Del Mismo Año
Decreto 3270 de 1985 · por el cual se autoriza el pago de unas gratificaciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.