Son Funciones De La Sección 4ª, Proveeduría: A) Recibir Y Custodiar Los Víveres Y Mercancías Que Se Adquieran Con Destino A Los Casinos De La Policía Nacional, Y Distribuir Tales Víveres Y Mercancías De Conformidad Con Las Disposiciones Reglamentarias Sobre El Particular; B) Adquirir En Los Mercados Locales Los Víveres Y Mercancías Para El Uso Y Consumo De La Policía Nacional, Procurando Mantener Existencias En Los Almacenes, Suficiente Para El Abastecimiento De Los Casinos Y Necesidades Individuales Del Personal; C) Llevar La Contabilidad Especial De La Proveeduría Que Le Prescriba La Jefatura Del Departamento Administrativo, Presentando A La Sección De Contabilidad Una Relación Diaria Y Detallada De Las Operaciones Efectuadas Durante El Día Anterior, De Acuerdo Con Los Reglamentos Que Para El Efecto Se Le Prescriban, Acompañada Delos Comprobantes Correspondientes Y Rendir, Asimismo, A La Jefatura, Al Fin De Cada Mes, El Inventario De Existencia De Víveres Y Mercancías En Su Poder; D) Velar Por Lo Correcto Funcionamiento De Los Casinos Establecidos O Que Se Establezcan En Las Distintas Divisiones De La Policía Nacional, Dando Cuenta A La Jefatura Del Departamento De Las Deficiencias O Anomalías Que Observe, Y E) En General, Las Demás Funciones Que Le Asigne El Director General O El Jefe De Departamento Administrativo Relacionadas Con El Ramo De Proveeduría
Decreto 159 de 1936 · Por la cual se reglamentan los Decretos 1994 y 2213, orgánicos del Departamento Administrativo de la Policía Nacional
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Son funciones de la Sección 4ª, Proveeduría
a)
Recibir y custodiar los víveres y mercancías que se adquieran con destino a los casinos de la Policía Nacional, y distribuir tales víveres y mercancías de conformidad con las disposiciones reglamentarias sobre el particular;
b)
Adquirir en los mercados locales los víveres y mercancías para el uso y consumo de la Policía Nacional, procurando mantener existencias en los almacenes, suficiente para el abastecimiento de los casinos y necesidades individuales del personal;
c)
Llevar la contabilidad especial de la Proveeduría que le prescriba la Jefatura del Departamento Administrativo, presentando a la Sección de Contabilidad una relación diaria y detallada de las operaciones efectuadas durante el día anterior, de acuerdo con los reglamentos que para el efecto se le prescriban, acompañada delos comprobantes correspondientes y rendir, asimismo, a la Jefatura, al fin de cada mes, el inventario de existencia de víveres y mercancías en su poder;
d)
Velar por lo correcto funcionamiento de los casinos establecidos o que se establezcan en las distintas Divisiones de la Policía Nacional, dando cuenta a la Jefatura del Departamento de las deficiencias o anomalías que observe, y
e)
En general, las demás funciones que le asigne el Director General o el Jefe de Departamento Administrativo relacionadas con el ramo de Proveeduría.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.