° El personal de nómina del Servicio Nacional de Asistencia Social "S.A.S", continuará, a partir del 1° de enero de 1959, como personal de la misma entidad con Carácter interino, para efectos de la liquidación. El Liquidador podrá suprimir o refundir cargos, contratar asesores o peritos por tiempo limitado trasladar personal de una dependencia a otra, dentro de la misma institución, de acuerdo con las necesidades de la liquidación, por medio de resoluciones que llevarán la refrendación del Ministro de Salud Pública.
Los traslados de personal del Servicio Nacional de Asistencia Social "S.A.S.", en liquidación, al Ministerio de Salud Pública, solamente podrán ser efectuados por el Gobierno Nacional.