En todo caso la empresa a la cual está vinculado el vehículo, tiene la obligación de permitir que continúe trabajando en la misma forma en que lo venía haciendo hasta que se decida sobre la desvinculación, so pena de hacerse acreedora a las sanciones establecidas en el presente Decreto. TITULO VI Régimen de sanciones CAPITULO I Generalidades.
Decreto 1927 de 1991 →Vigente
Artículo 83
En Todo Caso La Empresa A La Cual Está Vinculado El Vehículo, Tiene La Obligación De Permitir Que Continúe Trabajando En La Misma Forma En Que Lo Venía Haciendo Hasta Que Se Decida Sobre La Desvinculación, So Pena De Hacerse Acreedora A Las Sanciones Establecidas En El Presente Decreto
Decreto 1927 de 1991 · por el cual se dicta el estatuto de transporte público terrestre automotor de pasajeros y mixto por carretera.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.