º. Las funciones indicada en el artículo 44 del Decreto-ley 196 de 1971, se cumplirá en coordinación con el Consejo Consultivo creado por el artículo 45 ibídem, así: Por la Ofician de Investigaciones Socio Jurídicas del Ministerio de Justicia, las correspondientes a los ordinales 1º, 2º, 6º y 13. Por la oficina de Investigaciones Socio Jurídicas del Ministerio de Justicia, las correspondientes a los ordinales 3º, 4º, 5º, 7º, 8º, 9º, 10, 12 y 14.
Decreto 1137 de 1971 →Vigente
Artículo 2
Las Funciones Indicada En El Artículo 44 Del Decreto-Ley 196 De 1971, Se Cumplirá En Coordinación Con El Consejo Consultivo Creado Por El Artículo 45 Ibídem, Así: Por La Ofician De Investigaciones Socio Jurídicas Del Ministerio De Justicia, Las Correspondientes A Los Ordinales 1º, 2º, 6º Y 13
Decreto 1137 de 1971 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley número 196 DE 1971
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.