Articulo 48. Quedan suspendidos el artículo 5° de la Ley 58 de 1916 los artículos 20 y 21 del Decreto 2864 dé 1952, y todas las disposiciones que sean contrarias a las contenidas en el presente Decreto.
Decreto 400 de 1957 →Vigente
Artículo 48
Quedan Suspendidos El Artículo 5° De La Ley 58 De 1916 Los Artículos 20 Y 21 Del Decreto 2864 Dé 1952, Y Todas Las Disposiciones Que Sean Contrarias A Las Contenidas En El Presente Decreto
Decreto 400 de 1957 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre elecciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.