Desembolso. Colciencias hará los pagos mencionados en el marco de un convenio con el investigador o con la entidad a la cual se encuentre vinculado, o de un contrato para la financiación de un proyecto aprobado por el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología.
En virtud de ese contrato o convenio el investigador se obliga a realizar durante cada año de vigencia de su clasificación actividades que estén dentro de las siguientes clases:
Publicación de artículos en revistas arbitradas de circulación y reconocido prestigio internacionales, o libros resultantes del trabajo de investigación.
Presentación de solicitudes de registro de patentes dentro o fuera del país.
Culminación y aprobación de tesis doctorales por parte del investigador distinguido o de tesis de postgrados o pregrado por estudiantes dirigidos por él.
Demostración de capacidad de gestión de ciencia y tecnología a través del aseguramiento de financiación internacional a un proyecto de investigación de su grupo, o
Demostración de méritos científicos a través de la obtención de una o más distinciones científicas o académicas.
Los investigadores de la categoría A deberán realizar al menos tres actividades comprendidas en una o varias de las clases establecidas en este artículo, los de las categorías B y C dos, y los de la categoría D, una.
Cuando el investigador de categoría A o B esté vinculado a una universidad, deberá mantener alguna forma de actividad docente de alta calidad.
(Decreto 1742 de 1994, artículo 7°).