Micelio

Artículo 2.5.3.5.1.7

Desembolso

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Desembolso. Colciencias hará los pagos mencionados en el marco de un convenio con el investigador o con la entidad a la cual se encuentre vinculado, o de un contrato para la financiación de un proyecto aprobado por el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología.

En virtud de ese contrato o convenio el investigador se obliga a realizar durante cada año de vigencia de su clasificación actividades que estén dentro de las siguientes clases:

1.

Publicación de artículos en revistas arbitradas de circulación y reconocido prestigio internacionales, o libros resultantes del trabajo de investigación.

2.

Presentación de solicitudes de registro de patentes dentro o fuera del país.

3.

Culminación y aprobación de tesis doctorales por parte del investigador distinguido o de tesis de postgrados o pregrado por estudiantes dirigidos por él.

4.

Demostración de capacidad de gestión de ciencia y tecnología a través del aseguramiento de financiación internacional a un proyecto de investigación de su grupo, o

5.

Demostración de méritos científicos a través de la obtención de una o más distinciones científicas o académicas.

Parágrafo 1

Los investigadores de la categoría A deberán realizar al menos tres actividades comprendidas en una o varias de las clases establecidas en este artículo, los de las categorías B y C dos, y los de la categoría D, una.

Parágrafo 2

Cuando el investigador de categoría A o B esté vinculado a una universidad, deberá mantener alguna forma de actividad docente de alta calidad.

(Decreto 1742 de 1994, artículo 7°).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1075 de 2015