º. Todos los miembros de la Dirección General de Educación Física y Deportes Militares deberán ser militares, a excepción del Secretario General y los instructores y asesores técnicos que se nombren, los cuales serán los únicos funcionarios remunerados y estarán revestidos de las atribuciones correspondientes a la jerarquía necesaria para el perfecto desarrollo de su cometido.
Decreto 3938 de 1950 →Vigente
Artículo 4
Todos Los Miembros De La Dirección General De Educación Física Y Deportes Militares Deberán Ser Militares, A Excepción Del Secretario General Y Los Instructores Y Asesores Técnicos Que Se Nombren, Los Cuales Serán Los Únicos Funcionarios Remunerados Y Estarán Revestidos De Las Atribuciones Correspondientes A La Jerarquía Necesaria Para El Perfecto Desarrollo De Su Cometido
Decreto 3938 de 1950 · Por el cual se crea la Dirección General de Educación Física y Deportes Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.