º. Los servicios que la Policía Nacional preste por solicitud de particulares o de empresas de carácter especulativo, para bailes, matrimonios, almacenes u otros establecimientos, teatros, circos, carreras, etc., servicios que no son de cargo de la Nación, se retribuirán por los interesados como se expresa en los ordinales siguientes: AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 16754 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 4. Cuando se solicite un servicio continúo por más de tres días, puede rebajarse la tarifa hasta en un 50 por 100.
Decreto 1017 de 1919 →Vigente
Artículo 1
Los Servicios Que La Policía Nacional Preste Por Solicitud De Particulares O De Empresas De Carácter Especulativo, Para Bailes, Matrimonios, Almacenes U Otros Establecimientos, Teatros, Circos, Carreras, Etc
Decreto 1017 de 1919 · Por el cual se reglamenta la Prestación de ciertos servicios de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.