Micelio

Artículo 53

Una Vez Cumplido El Trámite A Que Se Refiere El Artículo Anterior, El Jefe Inmediato Procederá A Calificar La Falta Y A Aplicar La Sanción Disciplinaria De Amonestación Privada O De Amonestación Escrita, Si A Ello Hubiere Lugar, O Archivará La Documentación Si Considera Que Los Hechos No Constituyen Falta Disciplinaria

Decreto 937 de 1976 · Por el cual se expide el Estatuto de Personal para los empleados de la Contraloría General de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Una vez cumplido el trámite a que se refiere el artículo anterior, el jefe inmediato procederá a calificar la falta y a aplicar la sanción disciplinaria de amonestación privada o de amonestación escrita, si a ello hubiere lugar, o archivará la documentación si considera que los hechos no constituyen falta disciplinaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 937 de 1976