º. Régimen de contraprestaciones. Los operadores de Telefonía Pública Básica Conmutada de Larga Distancia pagarán la contraprestación periódica a la que se refiere el artículo 14 del Decreto 2542 de 1997, y podrán acogerse a lo previsto en el artículo 14 del Decreto 1972 de 2003 bajo las condiciones previstas en la normatividad vigente.
Decreto 2926 de 2005 →Vigente
Artículo 7
º
Decreto 2926 de 2005 · por el cual se modifica el Decreto 2542 de 1997.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.