Micelio

Artículo 9

Condiciones En Materia De Organización

Decreto 1557 de 1998 · por el cual se reglamenta el Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor de pasajeros por carretera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Condiciones en materia de organización . La empresa deberá tener una estructura sólida, dinámica y competitiva, orientada a optimizar la calidad de los servicios ofrecidos al usuario. Para acreditar lo previsto, la empresa debe adjuntar los siguientes documentos

1.

Identificación: Nombre o razón social, anexando certificado de existencia y representación legal, expedido con una antelación máxima de treinta (30) días hábiles, indicando que dentro de su objeto social desarrolla la industria del transporte.

2.

Domicilio principal y oficinas indicando su dirección.

3.

Relación del personal contratado por la empresa discriminándolo entre personal administrativo, técnico y operativo.

4.

Relación de las sedes operativas y talleres de mantenimiento, indicando su ubicación y dirección.

5.

Relación de las instalaciones locativas, en propiedad o en cualquier título de relación contractual, que tenga disponible para la operación de la empresa.

6.

Certificación firmada por el representante legal y el revisor fiscal, cuando la empresa esté obligada a tenerlo, o en su defecto por contador público, mediante la cual se establezca la existencia de los contratos de trabajo de los conductores.

7.

Certificación firmada por el representantes legal y por el revisor fiscal, cuando la empresa esté obligada a tenerlo, o en su defecto por contador público, mediante la cual se establece la existencia de los contratos de vinculación del parque automotor a la empresa.

8.

Descripción y diseño de los distintivos de la empresa. En todo caso, la empresa debe mantener en sus archivos para verificación, la siguiente documentación: 1. Número de afiliación de la empresa a la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP), la Empresa Promotora de Salud (EPS) y Fondo de Pensiones y Cesantías, de conformidad con las normas legales vigentes. 2. Manual de funciones, procedimientos y sistemas de selección del recurso humano. 3. Reglamentos de trabajo e higiene y seguridad industrial, actualizados y aprobados por la autoridad competente. 4. Descripción del programa de salud ocupacional que implantará la empresa para asistir a sus empleados y operarios. 5. Hoja de vida de los conductores contratados por la empresa. 6. Copia de los contratos de trabajo celebrados entre la empresa y los conductores. 7. Los demás requisitos de ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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