Se consideran balanzas de plataforma, cualquiera que sea su capacidad, las que estando provistas de plataforma para recibir la carga, trasmiten el precio al dispositivo de indicación por medio de una combinación de palancas. Serán consideradas como balanza de plataforma para mostrador, las que tengan una capacidad interior a doscientos kilogramos y cuando su elemento indicador de peso esté situado en una posición o altura que permita observar fácilmente el resultado del peso obtenido. I. Especificaciones
Las piezas internas metálicas, con excepción de las cuchillas y cojinetes, de balanzas expuestas a la intemperie, antes de su instalación serán protegidas con una pintura o procedimiento que impida su oxidación.
Las balanzas de plataforma serán construidas de manera que una carga de pesas patrones que representen por lo menos la mitad de la capacidad de la balanza, colocada sucesivamente en los cuatro ángulos de la plataforma, no produzcan una diferencia de peso que exceda la tolerancia fijada.
Las balanzas de plataforma estarán sometidas, además, a las especificaciones que les cocieren, según lo determina el artículo 18 de este mismo capítulo. II Reglas para el montaje