Micelio

Artículo 11

Los Padres O Personas De Quienes Dependan Los Aspirantes Favorecidos Con Becas Nacionales, Se Comprometerán Para Con El Ministerio De Educación, Mediante Un Documento De Fianza, Cuyas Condiciones Se Fijarán Posteriormente, Condición Sin La Cual No Se Adjudicará Ninguna Beca En Forma Definitiva

Decreto 1874 de 1937 · Por el cual se reglamenta el ramo de Becas Nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los padres o personas de quienes dependan los aspirantes favorecidos con becas nacionales, se comprometerán para con el Ministerio de Educación, mediante un documento de fianza, cuyas condiciones se fijarán posteriormente, condición sin la cual no se adjudicará ninguna beca en forma definitiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1874 de 1937