Micelio

Artículo 15

Ley 57 de 1887 · Sobre adopción de Códigos y unificación de la legislación nacional

1 sentencia lo revisó1 inexequibilidad
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 15. Las nulidades á que se contraen los números 7°, 8°, 9°, 11 y 12 del artículo 140 del Código y el número 2 del artículo 13 de esta Ley, no son subsanables, y el juez deberá declarar, aun de oficio, nulos los matrimonios que se hayan celebrado en contravención a aquellas disposiciones prohibitivas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2019
    C-095/19ConstitucionalidadINEXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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