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Artículo 1

Si Los Muestrarios Que Traigan Los Agentes Viajeros Consistieren En Objetos Industrialmente Utilizables, Se Les Liquidarán Derechos De Importación Según Las Clases De La Tarifa Á Que Pertenezcan

Decreto 417 de 1911 · Sobre importación y reexportación de muestrarios de mercancías

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Si los muestrarios que traigan los agentes viajeros consistieren en objetos industrialmente utilizables, se les liquidarán derechos de importación según las clases de la tarifa á que pertenezcan. Si no vinieren acompañados de factura consular, pagarán el doble de lo que valgan los derechos consulares, de acuerdo con el Decreto número 1436 de 1905, y pagarán, además, el 10 por 100 que como multa por la falta de inventario establece el Decreto legislativo número 1145 de 1903.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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