Micelio

Artículo 17

Son Funciones Del Gerente Del Instituto De Casas Fiscales Del Ejército: A

Decreto 2345 de 1971 · Por el cual se reorganizan Casas Fiscales del Ejército

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Gerente del Instituto de Casas Fiscales del Ejército

a)

Dirigir, coordinar y supervisar todas las actividades del Instituto en desarrollo de la política adoptada por la Junta Directiva;

b)

Suministrar informes a la Oficina de Planeación del Ministerio de Defensa Nacional en forma que ésta lo determine, sobre el estado de ejecuciones de los programas que correspondan al organismo y balances generales. Así mismo, rendir al Presidente de la República, a través del Ministro de Defensa Nacional, los informes generales y periódicos o particulares que se le soliciten sobre las actividades desarrolladas, la situación general del Instituto y las medidas adoptadas que puedan afectar el curso de la política del Gobierno;

c)

Presentar a la Junta Directiva los planes que se requieran para desarrollar los programas del Instituto y cumplir la política adoptada por el Gobierno;

d)

Someter al estudio y aprobación de la Junta Directiva el proyecto de presupuesto anual de ingresos, inversiones y gastos del Instituto;

e)

Someter a la aprobación de la Junta Directiva el balance anual correspondiente al periodo inmediatamente anterior y los que la misma determine;

f)

Presentar a la Junta Directiva un informe anual sobre el estado y marcha oficial;

g)

Dictar actos, realizar operaciones y celebrar contratos para el cumplimiento del las funciones del Instituto conforme a las disposiciones legales y a los acuerdos de la Junta Directiva. Cuando la cuantía de éstos exceda de quinientos mil pesos ($500.000.00) se requiere autorización de la Junta Directiva;

h)

Proponer a la Junta Directiva la creación, supresión, modificación y fusión de cargos con las respectivas funciones y asignaciones;

i)

Construir mandatarios que representen al Instituto en los asuntos judiciales y extrajudiciales;

j)

Nombrar, dar posesión, promover y remover conforme a las disposiciones legales, el personal al servicio del Instituto, con excepción de aquél cuyo nombramiento se haya reservado la Junta Directiva;

k)

Conceder vacaciones, permisos y licencias a los servidores de la entidad e imponer las sanciones disciplinarias a que haya lugar conforme al reglamento respectivo;

l)

Reconocer y pagar las prestaciones sociales del personal al servicio del Instituto; y ll. Las demás que señale la Ley, los reglamentos o la Junta Directiva y aquellas que por su naturaleza le correspondan como funcionario ejecutivo y que no estén atribuidas a otra autoridad.

Parágrafo

Los actos de decisiones del Gerente serán tomados por medio de Resoluciones y de Ordenes del Día.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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