Micelio

Artículo 2

El Ministro Del Tesoro Presentará En Este Acuerdo Un Cómputo De Las Entradas Probables En El Mes Siguiente, Basado En Las Sumas Recaudadas En El Mes Anterior Por Producto De Las Rentas Nacionales, Y Cada Uno De Los Ministros Del Despacho Presentará, En Doble Ejemplar, Una Relación De Las Erogaciones Proporcionales, Incluidas En El Presupuesto De Gastos De Su Ministerio, Que Tenga Que Autorizar En Dicho Mes

Decreto 814 de 1915 · Por el cual se reglamenta la autorización de gastos y se organiza el servicio de Tesorería

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Ministro del Tesoro presentará en este acuerdo un cómputo de las entradas probables en el mes siguiente, basado en las sumas recaudadas en el mes anterior por producto de las rentas nacionales, y cada uno de los Ministros del Despacho presentará, en doble ejemplar, una relación de las erogaciones proporcionales, incluidas en el Presupuesto de gastos de su Ministerio, que tenga que autorizar en dicho mes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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