Es confiable la Firma Electrónica implementada por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para cumplir con las obligaciones y operaciones ante la entidad en virtud del artículo 2.2.2.47.4 del Decreto número 1074 de 2015, dado que los datos de creación de la Firma Electrónica corresponden exclusivamente al suscriptor del Instrumento de Firma Electrónica (IFE) y la entidad puede detectar cualquier alteración no autorizada después del momento de la firma.
Entiéndase como datos de creación de la firma, la contraseña de la identidad electrónica y el código electrónico definidos en esta resolución.
(Artículo 7o, Resolución 70 de 2016)