En ninguna comisión de estudios en el exterior podrán reconocerse viáticos o cualquiera otra erogación a cargo del tesoro nacional, sin perjuicio de recibir el sueldo de que trata el artículo anterior o de convenios de la entidad a que pertenezca el comisionado con el Instituto Colombiano de Estudios Técnicos en el Exterior -ICETEX- o de los gastos de transporte si hay lugar a ellos
Decreto 2771 de 1984 →Vigente
Artículo 13
Decreto 2771 de 1984 · Por la cual la nación se asocia a la conmemoración del bicentenario del municipio de córdoba, en el departamento de bolívar y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.