Al comenzar la ejecución de la sentencia, se procederá, en todo establecimiento de pena en la siguiente forma
De manera detallada y completa se tomará, la filiación al condenado, en presencia del Director.
Se le hará bañar, asear y afeitar convenientemente.
Se le hará examinar escrupulosamente por los médicos, .quienes tienen la obligación de dar un informe escrito sobre sus condiciones físicas y mentales, enfermedades de que padezca, capacidad para el trabajo, etc. El Director del establecimiento deberá explicar al condenado el régimen a que va a ser sometido, las obligaciones que tiene que cumplir, la conducta que debe observar, etc., y ordenará que se inicie el período de observación.