º Definicion de los sistemas de autogestión o participación comunitaria. Se entiende que un plan dirigido a construir, adecuar o mejorar la vivienda es desarrollado por autogestión o participación comunitaria, cuando en él participan todos los afiliados administrativa, técnica y financieramente.
Decreto 2391 de 1989 →Vigente
Artículo 3
º Definicion De Los Sistemas De Autogestión O Participación Comunitaria
Decreto 2391 de 1989 · Por el cual se reglamentan el artículo 62 de la Ley 9ª de 1989 y el artículo 3° del Decreto-ley 78 de 1987 en desarrollo de las organizaciones populares de vivienda.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.