Micelio

Artículo 2

Es Requisito Indispensable Para Ser Aceptado Como Fiador De Un Jefe De Sección De La Gendarmería, Que El Candidato Sea Propietario De Finca Raíz En El Territorio De La Nación, Cuyo Valor Exceda Del Doble De La Suma Que Se Señala Como Canción

Decreto 1058 de 1910 · Por el cual se fija la caución que deben prestar los Jefes de las Secciones de la Gendarmería Nacional que manejan fondos públicos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Es requisito indispensable para ser aceptado como fiador de un Jefe de Sección de la Gendarmería, que el candidato sea propietario de finca raíz en el territorio de la Nación, cuyo valor exceda del doble de la suma que se señala como canción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1058 de 1910