Micelio

Artículo 3

La Hipoteca Constituida A Favor Del Instituto De Crédito Territorial O De Cualquiera De Las Entidades Previstas En La Ley 46 1939, En Las Condiciones Establecidas Por El Artículo Anterior, Conservará Plena Validez Aun En El Caso De Que Quien La Constituyó O Sus Sucesores Fueren Edictos En Juicio De Reivindicación Sobre La Parcela Hipotecada

Decreto 818 de 1940 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con el crédito para la construcción de viviendas rurales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La Hipoteca constituida a favor del Instituto de Crédito Territorial o de cualquiera de las entidades previstas en la ley 46 1939, en las condiciones establecidas por el artículo anterior, conservará plena validez aun en el caso de que quien la constituyó o sus sucesores fueren edictos en juicio de reivindicación sobre la parcela hipotecada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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