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Artículo 28

Son Deberes De Los Empleados De La Contraloría General De La República: 1

Decreto 937 de 1976 · Por el cual se expide el Estatuto de Personal para los empleados de la Contraloría General de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son deberes de los empleados de la Contraloría General de la República

1.

Respetar, cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes y reglamentos y el estatuto de personal de la Contraloría General.

2.

Desempañar personalmente con solicitud, eficiencia e imparcialidad las funciones de su cargo.

3.

Obedecer y respetar a sus superiores jerárquicos de acuerdo con la organización administrativa de la Contraloría.

4.

Dar un tratamiento cortés a sus compañeros y a sus subordinados y compartir sus labores con espíritu de solidaridad y unidad de propósito.

5.

Observar permanentemente, en sus relaciones con el público, toda la consideración y cortesía debidas.

6.

Realizar las tareas que les sean encomendadas y responder del uso de autoridad que les haya sido otorgada y de la ejecución de las órdenes que puedan impartir sin que en ningún caso, queden exentos de la responsabilidad que les incumbe por la que corresponda a sus subordinados.

7.

Guardar la reserva que requieran los asuntos relacionados con su trabajo en razón de su naturaleza o en virtud de instrucciones especiales, aun después de haber cesado en el cargo y sin perjuicio de la obligación de denunciar cualquier hecho delictuoso.

8.

Vigilar y salvaguardar los interses del Estado y de la Contraloría General.

9.

Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario del trabajo al desempeño de las funciones que les han sido asignadas.

10.

Atender regularmente las actividades de capacitación y perfeccionamiento para los cuales han sido seleccionados y efectuar las prácticas y los trabajos que se les impongan.

11.

Responder por la conservación de los documentos, útiles, equipos, muebles y bienes confiados a su guarda o administración y rendir oportunamenthe cuenta de su utilización.

12.

Poner en conocimiento del superior los hechos que puedan perjudicar a la Contraloría y a las iniciativas que se estimen útiles para el mejoramiento del servicio.

13.

Observar las medidas higiénicas prescritas por la Contraloría.

14.

Observar con suma diligencia y cuidado las instrucciones preventivas de accidentes o enfermedades profesionales.

15.

Presentar anualmente copia auténtica de su declaración de renta y patrimonio, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha en que estén obligados a declarar, para que sea agregada a la hoja de vida.

16.

Registrar en la División de Personal, su domicilio o dirección y dar aviso oportuno de cualquier cambio que ocurra.

17.

Tener presentes, en todo momento, los principios que orientan las buenas relaciones humanas.

18.

Cuando se trate de empleados de carrera, nombrados en periodo de prueba, es deber especial solicitar al Jefe de la División de Personal de la Contraloría, dentro de los treinta (30) días siguientes al vencimiento del período de prueba la realización de los trámites pertinentes para su inscripción en la carrera.

19.

Las demás que determinan las leyes o reglamentos y el Estatuto de Personal de la Contraloría.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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