La Junta Directiva Estará Integrada Así: A) Por El Ministerio De Comunicaciones, O Su Delegado; B) Por El Ministerio De Educación Nacional, O Un Delegado Suyo; C) Por Dos Miembros, Con Sus Respectivos Suplentes, Designados Por El Presidente De La República
Decreto 1170 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Radio y Televisión
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. La junta directiva estará integrada así
a)
Por el ministerio de comunicaciones, o su delegado;
b)
Por el ministerio de educación nacional, o un delegado suyo;
c)
Por dos miembros, con sus respectivos suplentes, designados por el Presidente de la República. La Presidencia de la Junta corresponde al Ministro de Comunicaciones o su delegado.
Parágrafo
Los miembros de la junta directiva, aunque ejercen funciones públicas, no adquieren por este hecho calidad de empleados publicaciones.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.