° Además del reconocimiento honorífico que implica la imposición de la medalla, se concederá uno de carácter académico consistente en el otorgamiento de una comisión de estudios, conforme a las normas legales para adelantar programas de post-grado durante un término que no excederá de un (1) año. El funcionario escogerá la Institución y el área en la cual adelantará estudios de post-grado; podrán escogerse instituciones extranjeras para el reconocimiento académico siempre y cuando exista disponibilidad presupuestal suficiente para el respectivo gasto. Al funcionario se le costeará el transporte de ida y regreso a la ciudad donde vaya a realizar sus estudios de post-grado; se le pagarán los gastos de inscripción y matrícula; seguirá percibiendo su remuneración completa y, en todo caso, se nombrará un funcionario en interinidad para que desempeñe su cargo mientras dura la comisión. Si durante el lapso de la comisión expirase el periodo del funcionario, se le continuará pagando su remuneración completa hasta el vencimiento de aquélla, incluso cuando no haya sido nombrado nuevamente como servidor de la Fiscalía General de la Nación. Pero si fuere designado para un cargo superior, se le hará el correspondiente reajuste de la remuneración.
Decreto 1684 de 1993 →Vigente
Artículo 7
Además Del Reconocimiento Honorífico Que Implica La Imposición De La Medalla, Se Concederá Uno De Carácter Académico Consistente En El Otorgamiento De Una Comisión De Estudios, Conforme A Las Normas Legales Para Adelantar Programas De Post-Grado Durante Un Término Que No Excederá De Un (1) Año
Decreto 1684 de 1993 · por el cual se crea la condecoración “Enrique Low Murtra”.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.