º El artículo 85 del Decreto 1651 de 1961 quedará así: Cuando no sea posible determinar, directamente o por medios estadísticos, los costos y gastos imputables a una mercancía y resulte cierto que el valor respectivo no ha sido computado para establecer la base gravable, se tomará como costo y deducción el setenta y cinco por ciento (75%) del valor de la enajenación.
Artículo 9
º El Artículo 85 Del Decreto 1651 De 1961 Quedará Así: Cuando No Sea Posible Determinar, Directamente O Por Medios Estadísticos, Los Costos Y Gastos Imputables A Una Mercancía Y Resulte Cierto Que El Valor Respectivo No Ha Sido Computado Para Establecer La Base Gravable, Se Tomará Como Costo Y Deducción El Setenta Y Cinco Por Ciento (75%) Del Valor De La Enajenación
Decreto 1366 de 1967 · Por el cual se dictan normas contra la evasión y el fraude al impuesto sobre la renta, complementarios, especiales y sucesorales y se adoptan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.