Micelio

Artículo 39

Cuando Se Constituyere El Organismo Ejecutor Y El Instituto Nacional De Fomento Municipal Participare Como Socio O Accionista, Se Imputarán A Su Aporte Todos Los Derechos Que Tenía En Relación Con La Empresa Que Administraba El Sistema De Servicios, Incluyendo Los De Crédito

Decreto 1157 de 1976 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2804 de 1975

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando se constituyere el organismo ejecutor y el Instituto Nacional de Fomento Municipal participare como socio o accionista, se imputarán a su aporte todos los derechos que tenía en relación con la empresa que administraba el sistema de servicios, incluyendo los de crédito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1157 de 1976