Micelio

Artículo 17

Para La Transformación De Sociedades De Acueducto Y Alcantarillado, En Que El Insfopal Sea Socio O Accionista, En Organismos Ejecutores, Se Observarán Las Normas Del Código De Comercio Y El Siguiente Procedimiento: A) La Asamblea General De Accionistas Aprobará La Reforma De Los Estatutos Y Determinará La Manera De Elaborar El Balance Que Servirá De Base Para La Fijación De Aportes

Decreto 1157 de 1976 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2804 de 1975

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la transformación de sociedades de acueducto y alcantarillado, en que el Insfopal sea socio o accionista, en organismos ejecutores, se observarán las normas del Código de Comercio y el siguiente procedimiento

a)

La asamblea general de accionistas aprobará la reforma de los estatutos y determinará la manera de elaborar el balance que servirá de base para la fijación de aportes.

b)

Los nuevos estatutos y la certificación sobre los aportes registrados en los estados financieros, a favor de las entidades que entran a formar parte del nuevo organismo, serán enviados por el representante del organismo al Director General del Insfopal para su concepto favorable y la posterior aprobación de los estatutos por el Ministro de Salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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