Micelio

Artículo 1

Sin Perjuicio De Lo Dispuesto En El Decreto 139 Del 25 De Enero De 1979 Y En El Artículo 5°

Decreto 1240 de 1979 · Por le cual se reglamenta parcialmente la ley 20 de 1979

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto 139 del 25 de enero de 1979 y en el Artículo 5°. del presente Decreto, las personas jurídicas que efectúen pagos en dinero o en títulos representativos de éste por concepto de intereses deberán retener en dinero, al momento de efectuar el pago y a título de impuesto sobre la renta y complementarios, el 5 del total del respectivo pago.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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