°. Para propiciar que el Patronato o instituciones religiosas o de beneficencia puedan administrar sin tropiezo ni dificultades la ración de alimentos a los presos, la Contraloría General de la República, procederá a reglamentar el pago de las raciones y su respectiva legalización, estableciendo para ello el sistema de avances contra el Fondo Rotatorio o cualquier otro fondo disponible en las Administraciones de Hacienda Nacional, de modo que tales pagos puedan atenderse siempre con la debida prontitud. La legalización de tales avances, se hará al recibir los fondos girados por el Ministerio de Justicia para atender dicho servicio y las cuentas debidamente comprobadas de quienes suministren las raciones.
Artículo 9
Para Propiciar Que El Patronato O Instituciones Religiosas O De Beneficencia Puedan Administrar Sin Tropiezo Ni Dificultades La Ración De Alimentos A Los Presos, La Contraloría General De La República, Procederá A Reglamentar El Pago De Las Raciones Y Su Respectiva Legalización, Estableciendo Para Ello El Sistema De Avances Contra El Fondo Rotatorio O Cualquier Otro Fondo Disponible En Las Administraciones De Hacienda Nacional, De Modo Que Tales Pagos Puedan Atenderse Siempre Con La Debida Prontitud
Decreto 1938 de 1953 · Por el cual se reorganiza el Patronato Nacional de Presos Antonio Nariño, y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.