º Las Comisiones Seccionales podrán dividir el territorio de su jurisdicción; en zonas económicas similares o afines para, los, efectos de sus respectivos estudios e informes.
Decreto 2118 de 1957 →Vigente
Artículo 4
Las Comisiones Seccionales Podrán Dividir El Territorio De Su Jurisdicción; En Zonas Económicas Similares O Afines Para, Los, Efectos De Sus Respectivos Estudios E Informes
Decreto 2118 de 1957 · Por el cual se crean comisiones permanentes para la revisión de salarios mínimos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.