Micelio

Artículo 3

El Gerente Y Los Trabajadores De La Empresa Nacional De Publicaciones Serán Afiliados Forzosos De La Caja Nacional De Previsión Social, Y Tendrán Las Mismas Prerrogativas, Prestaciones Y Obligaciones De Los Demás Empleados Y Trabajadores Oficiales

Decreto 121 de 1956 · Por el cual se modifica el Decreto número 2085 de 1955

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Gerente y los trabajadores de la Empresa Nacional de Publicaciones serán afiliados forzosos de la Caja Nacional de Previsión Social, y tendrán las mismas prerrogativas, prestaciones y obligaciones de los demás empleados y trabajadores oficiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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