° De las Penitenciarlas que actualmente funcionan en la República sólo subsistirán las de Bogotá, Medellín, Popayán y Tunja. Esta última se conservará hasta cuando el Gobierno señale un sitio más apropiado, en el Departamento de Boyacá, para su funcionamiento. De las cuatro Penitenciarías de que trata el inciso anterior, la de Bogotá continuará con el carácter que actualmente tiene, de Central , y estará destinada para aquel la clase de condenados que, por la gravedad de la pena impuesta y por ser peligrosos para la sociedad, deben estar sometidos a un régimen más estricto. En la ciudad de Ibagué se establecerá una Penitencia especial para mujeres.
Decreto 1405 de 1934 →Vigente
Artículo 5
De Las Penitenciarlas Que Actualmente Funcionan En La República Sólo Subsistirán Las De Bogotá, Medellín, Popayán Y Tunja
Decreto 1405 de 1934 · Sobre régimen carcelario y penitenciario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.