Micelio

Artículo 2

Facultase Igualmente Al Ministerio De Comunicaciones Para Celebrar Acuerdos Especiales Con Las Personas Naturales O Jurídicas Titulares De Las Autorizaciones De Explotación De Servicios Radioeléctricos, En Los Que Se Fijen Las Condiciones Indispensables Dentro De Las Cuales Prestaran Los Servicios De Radiodifusión Para Eliminar El Peligro Inminente De Conmoción Interna

Decreto 2398 de 1975 · Por el cual se autoriza al Ministerio de Comunicaciones para recuperar transitoriamente en nombre del Estado colombiano el pleno dominio de las frecuencias radioeléctricas a través de las cuales se prestan los servicios de radiodifusión por particulares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Facultase igualmente al ministerio de comunicaciones para celebrar acuerdos especiales con las personas naturales o jurídicas titulares de las autorizaciones de explotación de servicios radioeléctricos, en los que se fijen las condiciones indispensables dentro de las cuales prestaran los servicios de radiodifusión para eliminar el peligro inminente de conmoción interna.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2398 de 1975