Derogado.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
JURISPRUDENCIA
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.2.1.6.14.2. Plazo para el cumplimiento del porcentaje de propiedad de los vehículos. Para las empresas con habilitación vigente al 25 de febrero de 2015, se establece el siguiente esquema de transición para cumplir el requisito de la propiedad de los vehículos:
Plazo
Porcentaje de la capacidad transportadora vinculada
A 31 diciembre de 2016
10%
A 31 diciembre de 2017
15%
A 31 diciembre de 2018
20%
En el evento en que se cumplan los plazos señalados en el presente artículo y no se acredite el porcentaje de propiedad de los vehículos, se le aplicará el procedimiento y las sanciones establecidas en las normas que rigen la materia.
(Decreto 348 de 2015, artículo 91).
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