Micelio

Artículo 2

El Artículo 3º De La Ley 47 De 1926, Quedará Así: "las Declaraciones Se Tomarán Ante El Juez Del Municipio En Cuya Jurisdicción Esté Ubicado El Terreno, Con Asistencia Del Respectivo Personero

Decreto 1415 de 1940 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre adjudicación de terrenos baldíos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El artículo 3º de la Ley 47 de 1926, quedará así: "Las declaraciones se tomarán ante el Juez del Municipio en cuya jurisdicción esté ubicado el terreno, con asistencia del respectivo Personero. Los testigos deberán declarar por conocimiento personal y directo dando la razón de su dicho y precisando la clase de cultivos pertenecientes al peticionario.

Parágrafo

En la época de vacaciones judiciales, las declaraciones se tomarán ante el Alcalde Municipal.

Parágrafo

En las Intendencias y Comisarías, las declaraciones podrán tomarse igualmente ante el Intendente o Comisario respectivos, así como también ante los Corregidores, en cuya jurisdicción esté ubicado el terreno, sin que en este último caso sea necesaria la intervención del Agente del Ministerio Público."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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