Micelio

Artículo 3

Los Recursos De La Caja Estarán Formados Principalmente Por El Ahorro Obligatorio Del Cinco Por Ciento (5%) Del Sueldo De Cada Oficial Y Suboficial En Servicio Activo Y De Los Empleados Civiles Indicados En El Artículo Anterior, Así Como Del Mismo Ahorro Voluntario De Los Oficiales Y Suboficiales En Goce De Sueldo De Retiro Que Sean Socios De Esta Caja

Decreto 2767 de 1953 · Por el cual se reorganiza la Caja de Vivienda Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los recursos de la Caja estarán formados principalmente por el ahorro obligatorio del cinco por ciento (5%) del sueldo de cada oficial y suboficial en servicio activo y de los empleados civiles indicados en el artículo anterior, así como del mismo ahorro voluntario de los oficiales y suboficiales en goce de sueldo de retiro que sean socios de esta Caja. Dichos porcentajes se descontarán mensualmente en las contadurías del ramo de Guerra o por la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, según el caso, y se consignarán a más tardar el día diez (10) del mes siguiente al del descuento, en la Caja de Vivienda Militar.

Parágrafo

Si al pasar un Oficial o Suboficial de la situación de actividades a la de buen retiro desea continuar como socio de la Caja debe manifestarlo por escrito a ésta y seguir contribuyendo con el 5% de que se habla.

Parágrafo

Las cuotas de ahorro no devengarán intereses.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2767 de 1953