Micelio

Artículo 27

El Que Sin Causa Justificada, Deje Sin Asistencia Económica O Moral A Personas A Quien Este Obligado A Prestarla, Incurrirá En Arresto De Seis (6) Meses A Dos (2) Años

Decreto 1699 de 1964 · Por el cual se dictan disposiciones sobre conductas antisociales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El que sin causa justificada, deje sin asistencia económica o moral a personas a quien este obligado a prestarla, incurrirá en arresto de seis (6) meses a dos (2) años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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