Micelio

Artículo 32

Ley 141 de 1994 · por la cual se crean el Fondo Nacional de Regalías, la Comisión Nacional de Regalías, se regula el derecho del Estado a percibir regalías por la explotación de recursos naturales no renovables, se establecen las reglas para su liquidación y distribución y se dictan otras disposiciones

2 sentencias lo revisaron
01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Distribución de las regalías derivadas de la explotación de carbón. Sin perjuicio de lo estipulado en los Artículo s 51 y 52 de la presente Ley, las regalías derivadas de la explotación de carbón serán distribuidas así:

Explotaciones mayores de tres (3) millones de toneladas anuales:

Departamentos productores

42.0%

Municipios o distritos productores

32.0%

Municipios o distritos portuarios

10.0%

Fondo Nacional de Regalías

16.0%

b)

Explotaciones menores de tres (3) millones de toneladas anuales:

Departamentos productores

45.0%

Municipios o distritos productores

45.0%

Municipios o distritos portuarios

10.0%

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 2000
    C-1160/00Constitucionalidad · alcance expresionEXEQUIBLE
  2. 2008
    C-509/08ConstitucionalidadEXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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