Micelio

Artículo 10

Decreto 2240 de 1962 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo décimo: Todas las operaciones de cargue y descargue en la Zona Franca serán ejecutadas por el personal que proporcione la Gerencia. Para este efecto la Zona Franca celebrará un contrato con Puertos de Colombia, mediante el cual ésta última entidad suministrará el personal necesario, al costo. En estas operaciones la Zona no será responsable de las consecuencias que provengan de Indicaciones erróneas, falsas o incompletas suministradas por los interesados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2240 de 1962