La Cámara de Comercio de Bogotá, como Cámara Central, tendrá la representación de todas las demás Cámaras de Comercio de la República; también extiende sus funciones a todo el país en los asuntos de importancia general que le encomiende el Gobierno. En los demás, su jurisdicción se extiende sólo al Departamento de Cundinamarca.
Decreto 1902 de 1915 →Vigente
Artículo 25
La Cámara De Comercio De Bogotá, Como Cámara Central, Tendrá La Representación De Todas Las Demás Cámaras De Comercio De La República; También Extiende Sus Funciones A Todo El País En Los Asuntos De Importancia General Que Le Encomiende El Gobierno
Decreto 1902 de 1915 · Por el cual se reorganiza la Cámara de Comercio de Bogotá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.