°. Las Fuerzas Armadas tendrán los siguientes fondos rotatorios: 1° Fondo Rotatorio del Ejército. 2° Fondo Rotatorio de la Armada. 3° Fondo Rotatorio de la Fuerza Aérea. 4° Fondo Rotatorio de las Fuerzas de Policía. 5° Fondo Rotatorio de la Industria Militar, 6° Fondo Rotatorio del Servicio de Sanidad Militar. 7° Fondo Rotatorio del Club Militar.
Decreto 15 de 1957 →Vigente
Artículo 3
Las Fuerzas Armadas Tendrán Los Siguientes Fondos Rotatorios: 1° Fondo Rotatorio Del Ejército
Decreto 15 de 1957 · Por el cual se señalan la organización y funciones de los Fondos Rotatorios de las Fuerzas Armadas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.