Micelio

Artículo 8

El Gobierno Determinará Las Dependencias Administrativas Y Técnicas Que Considere Convenientes Para El Buen Funcionamiento Del Servicio De Inteligencia Colombiano, Fijará La Planta Del Personal, Sus Categorías Y Remuneraciones, Y Dotará De Los Elementos Necesarios A Tales Dependencias

Decreto 2727 de 1958 · por el cual se reorganiza el Servicio de Inteligencia Colombiano.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Gobierno determinará las dependencias administrativas y técnicas que considere convenientes para el buen funcionamiento del Servicio de Inteligencia Colombiano, fijará la planta del personal, sus categorías y remuneraciones, y dotará de los elementos necesarios a tales dependencias. Asimismo el Gobierno podrá fijar las partidas de gastos especiales que demande la solución de los problemas informativos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2727 de 1958